Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow
Última actualización: abril de 2026
PRIMERA: Objeto y Aceptación
1.1. Los presentes Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow (en adelante, los "TyC Estándar") tienen por objeto regular las condiciones bajo las cuales MASLOW HR INC. (en adelante, "MASLOW") pone a disposición del cliente (en adelante, el "Cliente") la Plataforma Maslow, bajo modalidad software como servicio ("SaaS"), así como la prestación de los servicios asociados conforme a la Propuesta Comercial aceptada por el Cliente.
1.2. La aceptación de la Propuesta Comercial implica la adhesión plena y sin reservas del Cliente a estos TyC Estándar y a la Política de Privacidad, sin necesidad de formalidad adicional.
1.3. Los TyC Estándar y la Propuesta Comercial conforman en conjunto el acuerdo aplicable entre MASLOW y el Cliente. En caso de contradicción entre ambos, prevalecerán las disposiciones de la Propuesta Comercial exclusivamente respecto de las condiciones económicas y comerciales expresamente allí pactadas.
SEGUNDA: Objeto del Servicio
Con la aceptación de la Propuesta Comercial, MASLOW se obliga a:
2.1. Otorgar en beneficio del Cliente una licencia de uso de la Plataforma Maslow, en modalidad marca blanca, que permitirá incorporar la identidad visual, signos distintivos y demás elementos comerciales del Cliente.
2.2. Brindar las funcionalidades incluidas en el plan contratado por el Cliente, conforme se detalla en la Propuesta Comercial.
2.3. Realizar la implementación y configuración inicial de la Plataforma Maslow bajo la identidad del Cliente.
2.4. Efectuar la puesta en marcha de la Plataforma Maslow personalizada para el Cliente.
2.5. Brindar capacitación en línea sobre el uso de la Plataforma Maslow al Cliente y a su personal, en los términos indicados en la Propuesta Comercial.
2.6. Prestar servicios de atención de consultas referidas al funcionamiento de la Plataforma ("Help Desk") en los términos y alcances establecidos en la Propuesta Comercial.
2.7. Prestar los servicios opcionales que, en su caso, hubieran sido contratados por el Cliente conforme la Propuesta Comercial.
Por su parte, y sin perjuicio de las restantes obligaciones previstas en estos TyC Estándar, el Cliente se obliga a:
2.8. Garantizar que posee los derechos sobre las marcas, signos y designaciones que se incorporen a la Plataforma Maslow, contando con todas las autorizaciones y licencias necesarias para el desarrollo de su actividad.
2.9. Colaborar con MASLOW en la implementación y puesta en marcha de la Plataforma, entregando en tiempo y forma la información, materiales y accesos que le sean requeridos.
2.10. Utilizar la Plataforma Maslow de modo diligente y conforme al destino para el cual ha sido concebida por MASLOW.
2.11. Abonar las contraprestaciones en los términos, importes y plazos previstos en la Propuesta Comercial.
TERCERA: La Plataforma Maslow
3.1. MASLOW es una plataforma tecnológica de fidelización y gestión de beneficios destinada a organizaciones que deseen crear paquetes de beneficios flexibles, personalizados y transparentes para sus colaboradores. A través del panel administrador, el Cliente puede establecer reglas y criterios (por categoría, función, departamento, ubicación, entre otros), asignar beneficios mediante un marketplace con múltiples ofertas de terceros proveedores y acceder a reportes, métricas y tableros de control (el "Servicio" o los "Servicios", según corresponda).
3.2. La Plataforma Maslow permite configurar programas de compensaciones y beneficios por áreas, países o centros de trabajo, e incluso fijar políticas a nivel individual. Cuenta con paneles de administración, control y visualización que facilitan la gestión, el análisis de impacto económico, el conocimiento de preferencias y la medición de uso y aceptación.
3.3. La Plataforma Maslow se ejecuta íntegramente en servidores de MASLOW o de terceros proveedores designados por MASLOW. El acceso por parte del Cliente y de los usuarios habilitados se realiza mediante equipos compatibles conectados a Internet, sin requerir instalación de software local por parte de MASLOW.
3.4. A los fines de estos TyC Estándar, la "Plataforma Maslow" comprende (i) el sitio web de autogestión para colaboradores; (ii) el sitio de administración (backend) para el Cliente; (iii) la aplicación móvil "MASLOW APP"; y (iv) cualquier otro medio o tecnología a través del cual MASLOW brinde el Servicio.
3.5. MASLOW otorga al Cliente una licencia de uso SaaS limitada, no exclusiva, temporal y revocable, para utilizar la Plataforma Maslow dentro de su propia organización y, en su caso, en entidades afiliadas del mismo grupo económico, exclusivamente con los fines previstos en estos TyC Estándar y en la Propuesta Comercial.
3.6. Los colaboradores del Cliente que resulten habilitados para usar la Plataforma deberán crear su cuenta de usuario y quedarán sujetos a los Términos y Condiciones Generales y a la Política de Privacidad de la Plataforma Maslow.
3.7. Uso directo. El Cliente solo podrá utilizar la Plataforma Maslow para el desarrollo de sus propias actividades y en su propio beneficio. Queda prohibido el uso en beneficio de terceros —directa o indirectamente—, medie o no contraprestación, salvo autorización expresa y por escrito de MASLOW.
3.8. Vigencia. Los presentes TyC Estándar entrarán en vigor a partir de la aceptación de la Propuesta Comercial por parte del Cliente y se mantendrán vigentes mientras el Cliente mantenga activa la contratación de la Plataforma Maslow, salvo que se produzca su extinción conforme lo previsto en el presente documento.
CUARTA: Operación de la Plataforma Maslow
4.1. Generación de cuentas de usuario.
El Cliente podrá habilitar el uso de la Plataforma Maslow por parte de sus colaboradores y dependientes mediante la creación de cuentas de usuario. La cantidad de cuentas disponibles dependerá del plan contratado conforme la Propuesta Comercial. El Cliente también podrá generar cuentas de administradores con facultades de configuración y asignación de beneficios, siendo el único responsable de determinar los niveles de acceso y permisos otorgados.
4.2. Registro de usuarios.
Cada colaborador habilitado deberá completar un proceso de registro para acceder a la Plataforma Maslow. El registro requiere que el usuario proporcione información personal veraz y actualizada, bajo carácter de declaración jurada.
4.3. Acceso seguro.
Los usuarios registrados dispondrán de una contraseña o credenciales de acceso personales, intransferibles y confidenciales. El Cliente es responsable de instruir a sus colaboradores respecto del uso seguro de sus credenciales, así como de notificar de inmediato a MASLOW cualquier uso indebido o acceso no autorizado.
4.4. Responsabilidad por cuentas.
El Cliente será responsable por todas las operaciones realizadas mediante las cuentas de usuario creadas bajo su organización. MASLOW podrá suspender o cancelar cuentas cuando se detecte información falsa, incumplimiento de estos TyC Estándar o riesgo para la seguridad de la Plataforma.
4.5. Capacidad y representación.
El acceso a la Plataforma Maslow requiere que los usuarios cuenten con capacidad legal suficiente para contratar. Cuando un usuario actúe en representación de una persona jurídica, deberá contar con las facultades necesarias para obligarla válidamente.
4.6. Datos personales.
La utilización de la Plataforma Maslow requiere la provisión de ciertos datos personales, que serán tratados conforme a la Política de Privacidad vigente. MASLOW aplicará medidas razonables de seguridad, sin perjuicio de que el Cliente y sus usuarios reconozcan que ningún sistema informático es absolutamente invulnerable.
4.7. Límite de usuarios.
El número máximo de usuarios habilitados estará determinado por el plan contratado. El Cliente deberá abonar a MASLOW las tarifas correspondientes por cada usuario adicional que exceda dicho límite.
QUINTA: Funcionalidades de la Plataforma Maslow
5.1. Funcionalidades principales.
Dependiendo del plan contratado, y sin que esta enumeración sea taxativa, la Plataforma Maslow permitirá al Cliente:
a) Acceder al panel administrador para configurar variables de administración de programas de compensaciones e incentivos.
b) Asignar créditos intercambiables por beneficios dentro del marketplace a colaboradores individuales o grupos de colaboradores.
c) Determinar reglas de distribución de beneficios (por ejemplo: asignaciones periódicas, premios especiales, aniversarios, cumpleaños o actividades de equipo).
d) Desarrollar campañas de fidelización y reconocimiento mediante programas de recompensas.
e) Acceder a información sobre preferencias y necesidades de los colaboradores para una mejor gestión de los beneficios.
f) Notificar a colaboradores sobre nuevas acciones o enviar recordatorios.
g) Obtener reportes y estadísticas de uso, impacto económico y aceptación de beneficios.
5.2. Modificación de funcionalidades.
Los servicios y funcionalidades ofrecidos por MASLOW a través de la Plataforma podrán ser modificados, reemplazados o discontinuados en cualquier momento. En consecuencia, el número, tipo, calidad, condiciones de acceso y utilización de los servicios o información ofrecidos podrán variar a lo largo del tiempo, sin necesidad de conformidad previa del Cliente.
5.3. Servicios adicionales.
MASLOW podrá prestar al Cliente, sujeto a acuerdo específico, los siguientes servicios adicionales:
a) Implementación de la Plataforma Maslow.
b) Parametrización y configuración inicial.
c) Capacitación online adicional a la prevista en la cláusula Segunda.
d) Actualizaciones de software, conforme a su propio cronograma de desarrollo.
SEXTA: Detalle de Servicios Incluidos a ser Prestados por MASLOW
6.1. Implementación de la Plataforma Maslow.
El proceso de implementación incluye actividades tales como:
a) Relevamiento de información sobre la nómina y estructura del Cliente.
b) Procesamiento de datos necesarios para la carga inicial.
c) Identificación de beneficios activos y sistemas ya implementados.
d) Intercambio de archivos de nómina y demás insumos técnicos requeridos.
6.2. Configuración y parametrización inicial.
El proceso de configuración contempla:
a) Personalización de la interfaz de usuario con la identidad visual del Cliente.
b) Creación del programa de beneficios con denominación propia.
c) Alta y configuración de colaboradores.
d) Diseño de modelo de datos, alta e integración con sistemas de gestión de recursos humanos.
e) Implementación de límites comerciales y operativos.
f) Configuración de reglas de visualización de beneficios.
g) Asignación de un Key Account Manager y un Benefits Success Manager.
6.3. Puesta en marcha.
Una vez completada la configuración, MASLOW coordinará con el Cliente la fecha de puesta en marcha de la Plataforma, la cual no podrá fijarse más allá de treinta (30) días desde la aceptación de la Propuesta Comercial por causas atribuibles al Cliente. La falta de entrega en tiempo y forma de la información o materiales requeridos no suspenderá la obligación de pago del Cliente.
6.4. Responsabilidad por retrasos.
MASLOW no será responsable por retrasos en la implementación, configuración o puesta en marcha de la Plataforma cuando dichos retrasos se deban a incumplimientos u omisiones atribuibles al Cliente.
6.5. Capacitación.
MASLOW brindará una capacitación en línea inicial de hasta cuatro (4) horas al Cliente y a su personal. El Cliente será responsable de asegurar la asistencia del personal requerido en la fecha pactada.
6.6. Actualizaciones de software.
La Plataforma Maslow requiere actualizaciones periódicas para su correcto funcionamiento. MASLOW desarrollará y pondrá a disposición dichas actualizaciones conforme a su propio cronograma. MASLOW no está obligada a desarrollar un número mínimo o máximo de actualizaciones, limitándose su obligación a poner a disposición del Cliente las versiones aprobadas para distribución.
6.7. Prestaciones adicionales no contempladas en el plan.
En caso de requerirse tareas no incluidas en el plan contratado ni en los servicios opcionales acordados, MASLOW emitirá una cotización con el detalle de alcance, forma y plazos de cumplimiento. Ninguna de estas tareas adicionales será iniciada sin la aceptación expresa del Cliente.
SÉPTIMA: Integración vía API
7.1. Objeto de la integración.
Las Partes podrán acordar la realización de una integración vía API entre la Plataforma Maslow y los sistemas propios del Cliente, con el objetivo de habilitar la comunicación eficiente y segura de datos y funcionalidades entre ambas plataformas.
7.2. Alcance de la integración.
El alcance de la integración comprenderá aquellas funciones, procesos y datos específicos que sean definidos en un acuerdo técnico separado, el cual formará parte integrante de estos TyC Estándar. Dicho acuerdo establecerá, entre otros aspectos, los puntos de conexión, la frecuencia de actualización y los estándares de seguridad aplicables.
7.3. Obligaciones de MASLOW.
MASLOW se compromete a:
a) Proporcionar la documentación técnica necesaria para la implementación de la integración.
b) Mantener la estabilidad y seguridad de la API puesta a disposición del Cliente.
c) Notificar al Cliente de cualquier modificación sustancial en la API que pueda afectar la integración en curso.
7.4. Obligaciones del Cliente.
El Cliente será responsable de:
a) Implementar y mantener la conexión con la API de acuerdo con las especificaciones técnicas proporcionadas por MASLOW.
b) Garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos transmitidos a través de la integración.
c) Notificar a MASLOW sobre cualquier incidencia o irregularidad detectada en el funcionamiento de la integración.
7.5. Incidencias en la integración.
El Cliente reconoce que, aun aplicando MASLOW sus mejores esfuerzos, pueden producirse incidencias o interrupciones en los sistemas del Cliente derivadas de la integración. MASLOW no será responsable por pérdidas de datos, interrupciones de negocio o perjuicios financieros ocasionados por tales incidencias, salvo dolo o culpa grave atribuible a MASLOW.
OCTAVA: Gastos Adicionales a Cargo del Cliente
8.1. Regla general.
Todos los gastos, costos, aranceles, impuestos, tasas o contribuciones que se vinculen con, o afecten a, los servicios prestados por MASLOW y que no se encuentren expresamente asumidos por MASLOW en estos TyC Estándar o en la Propuesta Comercial, serán a cargo exclusivo del Cliente.
8.2. Alcance.
Lo previsto en el punto anterior incluye, sin carácter taxativo:
a) Cargos bancarios o financieros por transferencias, pagos o recaudaciones.
b) Impuestos indirectos, retenciones o percepciones que resulten aplicables conforme la legislación vigente en la jurisdicción del Cliente.
c) Cualquier otro costo derivado de la operatoria propia del Cliente que exceda las obligaciones expresamente asumidas por MASLOW.
NOVENA: Condiciones Comerciales
9.1. Contraprestación.
El Cliente abonará a MASLOW un fee mensual conforme al plan contratado y detallado en la Propuesta Comercial.
9.2. Inversión en créditos.
El Cliente deberá precargar créditos en la Plataforma Maslow a fin de poder distribuirlos entre sus colaboradores de acuerdo con su propio criterio. El monto de la inversión inicial en créditos será determinado por el Cliente, conforme se exprese en la Propuesta Comercial o en las instrucciones operativas que curse a MASLOW.
9.3. Moneda de adquisición.
El importe correspondiente a la inversión en créditos será entregado por el Cliente a MASLOW, quien procederá a acreditarlos en la cuenta del Cliente dentro de la Plataforma. El importe entregado será convertido a créditos de acuerdo con el valor de conversión vigente al momento de la acreditación, conforme las reglas operativas definidas por MASLOW. El saldo de créditos resultante será acreditado en la cuenta del Cliente para que éste los asigne a sus colaboradores según su exclusivo criterio. Los créditos podrán ser adquiridos en las monedas aceptadas por MASLOW al momento de la transacción.
9.4. Uso de los créditos por colaboradores.
Una vez asignados por el Cliente, los créditos podrán ser destinados por los colaboradores a los usos, beneficios y funcionalidades habilitados en la Plataforma Maslow, incluyendo, en caso de encontrarse esta funcionalidad habilitada por MASLOW y autorizada por el Cliente, la conversión de créditos en dinero y su retiro conforme el mecanismo previsto en la presente cláusula.
9.5. Habilitación de funcionalidad de conversión y retiro.
La funcionalidad de conversión de créditos en dinero y retiro por parte de colaboradores tendrá carácter opcional y quedará sujeta a que: (i) se encuentre técnicamente habilitada por MASLOW; (ii) haya sido expresamente autorizada o activada por el Cliente para uno, varios o todos sus colaboradores; y (iii) se cumplan las condiciones operativas, regulatorias y de validación aplicables en cada caso.
9.6. Revisión periódica.
Con el propósito de asegurar la efectividad y pertinencia de la inversión en beneficios, las Partes podrán llevar a cabo revisiones periódicas de la estrategia de beneficios implementada, a fin de evaluar la recepción e impacto de los beneficios ofrecidos y realizar los ajustes que resulten convenientes.
9.7. Conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores.
En caso de encontrarse habilitada la funcionalidad correspondiente, los colaboradores del Cliente que hubieren recibido créditos asignados por éste podrán solicitar, a través de la Plataforma Maslow, la conversión de tales créditos en una suma de dinero y su transferencia a una cuenta bancaria, billetera virtual u otro medio de pago admitido por MASLOW y de titularidad del colaborador.
9.8. Origen y decisión exclusiva del Cliente.
Las Partes dejan expresamente establecido que todo crédito susceptible de ser convertido en dinero y retirado por un colaborador tendrá origen exclusivo en una decisión previa y exclusiva del Cliente, quien será el único responsable de determinar los colaboradores beneficiarios, la cantidad de créditos asignados, la causa, concepto, fundamento o criterio de su asignación y la posibilidad de su conversión en dinero. MASLOW no decide, sugiere, determina ni define asignaciones a favor de colaborador alguno.
9.9. Intervención instrumental y operativa de MASLOW.
La intervención de MASLOW en la conversión y retiro de créditos en dinero tendrá carácter exclusivamente instrumental, tecnológico, administrativo y operativo, actuando únicamente por cuenta y orden del Cliente como canal de ejecución de instrucciones cursadas a través de la Plataforma. En tal marco, y siempre sujeto a las condiciones aplicables, MASLOW podrá debitar los créditos correspondientes y transferir el importe equivalente al medio de pago informado por el colaborador.
9.10. Causa exclusiva de la relación entre el Cliente y sus colaboradores.
Las sumas percibidas por los colaboradores mediante este mecanismo tendrán causa exclusiva en la relación jurídica existente entre el Cliente y dichos colaboradores, y en la decisión del Cliente de asignar beneficios, incentivos, compensaciones, premios, reintegros u otras acreencias instrumentadas a través de la Plataforma. En consecuencia, tales pagos no podrán ser interpretados ni invocados como remuneración, salario, honorario, contraprestación por servicios o prestación debida por MASLOW.
9.11. Ausencia de vínculo con MASLOW.
Las Partes acuerdan expresamente que la habilitación de la funcionalidad de conversión y retiro de créditos en dinero, así como la transferencia de fondos por MASLOW a cuentas de los colaboradores, no constituirá ni podrá ser considerada, bajo ninguna circunstancia, como elemento demostrativo de relación laboral, dependencia, intermediación laboral, tercerización, provisión de personal, representación empleadora, mandato con representación frente al colaborador ni vínculo jurídico equivalente entre MASLOW y los colaboradores del Cliente. Tales colaboradores no son ni serán empleados, dependientes, contratistas, agentes ni representantes de MASLOW.
9.12. Oponibilidad frente a terceros y responsabilidad del Cliente.
A todos los efectos frente a terceros, incluyendo sin limitación autoridades fiscales, administrativas, laborales, previsionales, regulatorias o judiciales, el Cliente será el único y exclusivo responsable de determinar el encuadre jurídico, laboral, previsional, tributario, contable y registral de las asignaciones efectuadas a sus colaboradores y de su eventual conversión en dinero, así como de liquidar, retener, ingresar, informar, respaldar documentalmente y documentar cualquier impuesto, aporte, contribución, carga social, deber registral u obligación legal que pudiere corresponder.
9.13. Ausencia de responsabilidad de MASLOW por el encuadre legal o fiscal.
MASLOW no asume responsabilidad alguna en relación con la naturaleza salarial, no salarial, remunerativa, no remunerativa, tributaria, previsional, registral, contable o de cualquier otra índole que pudiera atribuirse a los importes retirados por los colaboradores. El Cliente reconoce y acepta que MASLOW no presta asesoramiento laboral, previsional, tributario ni contable en relación con dichas asignaciones y retiros.
9.14. Indemnidad.
El Cliente mantendrá indemne a MASLOW frente a cualquier reclamo, intimación, determinación, sanción, multa, ajuste, contingencia, acción judicial o administrativa, costo, gasto u honorario vinculado con la asignación de créditos, su conversión a dinero, su retiro por parte de colaboradores, su tratamiento o encuadre legal o fiscal, o cualquier cuestionamiento relativo a la naturaleza jurídica de los importes transferidos.
9.15. Condiciones operativas y validaciones.
La ejecución de transferencias a favor de colaboradores por parte de MASLOW quedará sujeta a la previa disponibilidad de fondos suficientes provenientes del Cliente, al cumplimiento de validaciones operativas, de identidad, antifraude, prevención de lavado de activos, conocimiento del usuario, verificación de titularidad de cuenta, límites transaccionales, tiempos de procesamiento y demás condiciones operativas o regulatorias aplicables. MASLOW podrá rechazar, retener, suspender, observar o diferir solicitudes de conversión o retiro cuando ello resulte razonablemente necesario para verificar la legitimidad de la operación, cumplir requerimientos normativos o prevenir fraudes, errores, inconsistencias o contingencias operativas.
9.16. Instrucción operativa del Cliente y alcance de la Plataforma.
El Cliente faculta e instruye expresamente a MASLOW para actuar como mero ejecutor material de las instrucciones de acreditación, débito, conversión y transferencia derivadas de la asignación de créditos a sus colaboradores, sin que ello implique cesión de obligaciones propias del Cliente ni asunción por MASLOW de obligaciones laborales, salariales, previsionales, fiscales, de seguridad social o de cualquier otra naturaleza frente a los colaboradores o terceros. El Cliente reconoce que la Plataforma Maslow constituye únicamente un medio tecnológico de administración y ejecución de beneficios, incentivos y transferencias definidas por el Cliente, y que la participación de MASLOW se limita a proveer la infraestructura tecnológica y, en su caso, a canalizar fondos por cuenta y orden del Cliente. En ningún caso podrá interpretarse que MASLOW paga sumas propias a los colaboradores o que reviste el carácter de otorgante jurídico del beneficio.
9.17. Expiración de créditos.
Los créditos precargados tendrán una validez de doce (12) meses desde su acreditación. Vencido ese plazo, los créditos no utilizados se eliminarán automáticamente de la cuenta del Cliente sin derecho a reembolso o compensación alguna, salvo disposición expresa en contrario prevista en estos TyC Estándar.
9.18. Notificación previa.
MASLOW notificará al Cliente con una antelación mínima de treinta (30) días al vencimiento de los créditos, indicando la fecha a partir de la cual los mismos serán eliminados. La falta de utilización dentro del período notificado implicará su pérdida definitiva.
9.19. Nuevas precargas.
Lo previsto en esta cláusula no afecta el derecho del Cliente de efectuar nuevas precargas de créditos, las cuales estarán sujetas a las mismas condiciones de validez y expiración aquí establecidas.
DÉCIMA: Finalización
10.1. Rescisión por el Cliente.
El Cliente podrá rescindir estos TyC Estándar en cualquier momento, notificando a MASLOW con una antelación mínima de treinta (30) días corridos. Si la notificación se realizara con una antelación menor, el Cliente deberá abonar a MASLOW un monto equivalente a un (1) fee mensual adicional en concepto de compensación.
10.2. Rescisión por MASLOW.
MASLOW podrá rescindir la relación contractual en cualquier momento, sin expresión de causa, debiendo el Cliente abonar únicamente los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de finalización.
10.3. Créditos acumulados.
Los créditos acumulados en la cuenta del Cliente carecen de valor monetario y se mantendrán válidos mientras la cuenta permanezca activa. En caso de cierre o cancelación de la cuenta:
a) Cierre por decisión unilateral del Cliente sin incumplimiento: el Cliente tendrá derecho al reembolso íntegro de los créditos no utilizados al momento de la cancelación. MASLOW deberá efectuar dicho reembolso dentro de los treinta (30) días corridos de recibida la solicitud correspondiente.
b) Cierre por incumplimiento del Cliente: los créditos pendientes se perderán automáticamente sin derecho a reembolso.
c) Cierre por decisión de MASLOW sin incumplimiento del Cliente: el Cliente tendrá derecho al reembolso íntegro de los créditos no utilizados al momento de la cancelación, el cual será efectuado por MASLOW dentro de los treinta (30) días corridos de la fecha de cancelación.
d) Cierre por caso fortuito o fuerza mayor: los créditos pendientes se extinguirán sin responsabilidad para ninguna de las Partes.
DÉCIMO PRIMERA: Incumplimiento
11.1. Incumplimiento de las Partes.
El incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones previstas en estos TyC Estándar facultará a la Parte cumplidora a rescindir la relación contractual con causa, bajo exclusiva responsabilidad de la Parte incumplidora. A tal efecto, la Parte cumplidora deberá intimar en forma fehaciente a la Parte incumplidora para que subsane el incumplimiento dentro de un plazo de siete (7) días corridos. Vencido dicho plazo sin que se hubiera subsanado la situación, la Parte cumplidora podrá rescindir de pleno derecho, reclamando los daños y perjuicios que correspondan.
11.2. Falta de pago.
a) La falta de pago en término de los montos acordados autorizará a MASLOW a suspender total o parcialmente la prestación de los servicios hasta la efectiva cancelación de la deuda.
b) Si el incumplimiento se extendiera a dos (2) o más períodos consecutivos, MASLOW podrá bloquear el acceso a la Plataforma hasta la regularización del pago.
c) La suspensión del servicio por falta de pago no libera al Cliente de su obligación de abonar las sumas adeudadas.
d) Una vez regularizada la deuda, MASLOW restablecerá la prestación de los servicios, lo cual podrá implicar costos administrativos adicionales a cargo del Cliente.
11.3. Mora automática.
El Cliente incurrirá en mora de pleno derecho por el mero vencimiento del plazo de pago, sin necesidad de interpelación previa. La mora devengará intereses moratorios calculados a una tasa del diez por ciento (10%) mensual sobre el saldo deudor, acumulables hasta el pago efectivo.
11.4. Créditos en caso de rescisión por incumplimiento.
En caso de rescisión con causa atribuible al Cliente, los créditos acumulados en su cuenta se perderán automáticamente sin derecho a reembolso, de conformidad con lo previsto en el punto 10.3.b.
DÉCIMO SEGUNDA: Disponibilidad – Up Time
12.1. Compromiso de disponibilidad.
MASLOW se compromete a realizar sus mejores esfuerzos para asegurar que la Plataforma Maslow se encuentre disponible para el Cliente al menos el noventa y ocho por ciento (98%) del tiempo durante cada mes calendario.
12.2. Exclusiones.
A los fines del cálculo de disponibilidad, no se considerarán como períodos de inactividad los siguientes supuestos:
a) Mantenimientos programados previamente informados al Cliente con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas.
b) Fallas o interrupciones atribuibles a la infraestructura tecnológica, conectividad o sistemas del Cliente.
c) Interrupciones originadas en proveedores de telecomunicaciones, centros de datos o servicios de terceros ajenos al control razonable de MASLOW.
d) Incidencias derivadas de caso fortuito o fuerza mayor.
12.3. Mantenimientos.
MASLOW podrá realizar mantenimientos programados de la Plataforma que impliquen interrupciones parciales o totales del servicio. Dichos mantenimientos se efectuarán, en la medida de lo posible, en horarios de baja utilización y serán debidamente comunicados al Cliente.
12.4. Registro de incidencias.
El Cliente podrá reportar incidencias de disponibilidad a través de los canales de soporte habilitados por MASLOW. MASLOW llevará un registro de dichas incidencias y comunicará al Cliente las medidas adoptadas para su resolución.
12.5. Limitación de responsabilidad.
MASLOW no garantiza la disponibilidad ininterrumpida de la Plataforma Maslow, comprometiéndose únicamente a emplear la diligencia razonable para restablecer el servicio en el menor tiempo posible.
DÉCIMO TERCERA: Propiedad Intelectual
13.1. Titularidad.
MASLOW es y seguirá siendo titular de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial relacionados con la Plataforma Maslow, incluyendo, de manera no taxativa: software, código fuente y objeto, interfaces, algoritmos, bases de datos, diseños gráficos, marcas, logotipos, manuales, documentación técnica y cualquier otro material vinculado.
13.2. Licencia limitada.
MASLOW otorga al Cliente, mientras se encuentre vigente la contratación, una licencia no exclusiva, intransferible y revocable para acceder y utilizar la Plataforma Maslow conforme a lo previsto en estos TyC Estándar y en la Propuesta Comercial.
13.3. Restricciones.
El Cliente no podrá:
a) Copiar, modificar, alterar, adaptar, traducir, descompilar, aplicar ingeniería inversa o crear obras derivadas del software o de cualquier elemento protegido de la Plataforma Maslow.
b) Utilizar la Plataforma con fines distintos a los previstos en el marco de su actividad lícita y conforme al objeto de estos TyC Estándar.
c) Ceder, sublicenciar, alquilar, arrendar, vender o transferir a terceros el acceso a la Plataforma sin autorización previa y por escrito de MASLOW.
13.4. Propiedad de los datos del Cliente.
Los datos cargados por el Cliente o sus usuarios en la Plataforma seguirán siendo de propiedad del Cliente. MASLOW no adquirirá ningún derecho sobre dichos datos, salvo la licencia de uso limitada, no exclusiva y gratuita necesaria para prestar los servicios, cumplir con estos TyC Estándar y mejorar la operación de la Plataforma.
DÉCIMO CUARTA: Confidencialidad
14.1. Obligación de confidencialidad.
Cada Parte se obliga a mantener estrictamente confidencial y a no divulgar a terceros, sin el consentimiento previo y por escrito de la otra Parte, toda información técnica, comercial, financiera, operativa, estratégica o de cualquier otra índole a la que tenga acceso con motivo de la relación contractual regulada por estos TyC Estándar (en adelante, la "Información Confidencial").
14.2. Uso limitado.
La Información Confidencial únicamente podrá ser utilizada por la Parte receptora para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de estos TyC Estándar y nunca para fines propios o distintos de la relación contractual entre las Partes.
14.3. Exclusiones.
No será considerada Información Confidencial aquella información que:
a) Sea de dominio público al momento de su revelación o pase a serlo sin incumplimiento de la Parte receptora.
b) Obre legítimamente en poder de la Parte receptora antes de su revelación.
c) Sea obtenida de un tercero que no esté sujeto a obligaciones de confidencialidad.
d) Deba ser revelada por mandato legal o por orden de autoridad competente, en cuyo caso la Parte receptora deberá notificarlo previamente a la Parte reveladora, siempre que ello no contravenga la normativa aplicable.
14.4. Medidas de resguardo.
La Parte receptora deberá adoptar todas las medidas razonables para proteger la Información Confidencial y evitar su uso o divulgación no autorizados, garantizando un nivel de protección no inferior al que emplea para resguardar su propia información sensible.
14.5. Vigencia de la obligación.
La obligación de confidencialidad subsistirá durante la vigencia de la relación contractual y por un plazo adicional de tres (3) años contados desde su terminación, cualquiera sea la causa de ésta.
DÉCIMO QUINTA: Responsabilidad
15.1. Alcance de la responsabilidad de MASLOW.
MASLOW será responsable únicamente por los daños directos que sean consecuencia inmediata y necesaria de un incumplimiento comprobado de sus obligaciones bajo estos TyC Estándar. En ningún caso MASLOW será responsable por daños indirectos, incidentales, especiales, punitivos o consecuenciales, incluyendo, entre otros, la pérdida de datos, la interrupción de negocio o la pérdida de ganancias o ahorros esperados.
15.2. Limitación económica.
La responsabilidad total de MASLOW frente al Cliente, cualquiera sea la causa o fundamento, no podrá exceder en ningún caso el monto efectivamente abonado por el Cliente a MASLOW durante los tres (3) meses inmediatamente anteriores al hecho que dio origen al reclamo.
15.3. Exclusión de responsabilidad.
MASLOW no será responsable por:
a) Fallas en la prestación del servicio atribuibles a la infraestructura, conectividad o sistemas del Cliente.
b) Daños derivados del uso indebido, negligente o contrario a estos TyC Estándar por parte del Cliente o sus usuarios.
c) Incidencias o interrupciones originadas en proveedores externos o terceros sobre los cuales MASLOW no ejerza control razonable.
d) Hechos de caso fortuito o fuerza mayor.
15.4. Responsabilidad del Cliente.
El Cliente será responsable de:
a) El uso que sus usuarios realicen de la Plataforma Maslow.
b) La veracidad, integridad y licitud de los datos e información cargados en la Plataforma.
c) El cumplimiento de todas las normas aplicables a su actividad y al uso de la Plataforma Maslow.
DÉCIMO SEXTA: Protección de Datos Personales
16.1. Tratamiento de datos.
MASLOW tratará los datos personales que reciba del Cliente o de sus usuarios en el marco de la prestación de la Plataforma, conforme a lo dispuesto en la normativa internacional aplicable en materia de protección de datos personales y de acuerdo con lo establecido en la Política de Privacidad vigente.
16.2. Rol de MASLOW.
MASLOW actuará como encargado del tratamiento respecto de los datos personales de los usuarios finales que el Cliente cargue o gestione dentro de la Plataforma, limitando su intervención al procesamiento necesario para la prestación del servicio.
16.3. Responsabilidad del Cliente.
El Cliente será considerado responsable del tratamiento en relación con los datos personales de sus colaboradores o terceros que ingrese en la Plataforma, asumiendo la obligación de:
a) Obtener los consentimientos válidos y suficientes de los titulares de los datos personales.
b) Informar a dichos titulares sobre el tratamiento de sus datos, conforme a la legislación que resulte aplicable.
c) Garantizar la licitud y pertinencia de la información que cargue en la Plataforma.
16.4. Seguridad.
MASLOW implementará medidas técnicas y organizativas razonables para proteger los datos personales contra pérdida, acceso no autorizado, alteración o destrucción. No obstante, el Cliente reconoce que ningún sistema resulta invulnerable y exime a MASLOW de responsabilidad por ataques externos inevitables o incidentes fuera de su control.
16.5. Transferencias internacionales.
El Cliente autoriza expresamente a MASLOW a transferir y almacenar datos personales en servidores ubicados fuera de la jurisdicción del Cliente, siempre que se garantice un nivel de protección adecuado conforme a estándares internacionales de privacidad y seguridad de la información.
16.6. Vigencia de la obligación.
Las obligaciones en materia de protección de datos subsistirán aún después de la terminación de la relación contractual entre las Partes.
DÉCIMO SÉPTIMA: Fuerza Mayor
17.1. Definición.
Se entenderá por fuerza mayor todo acontecimiento extraordinario, imprevisible o inevitable, ajeno a la voluntad de las Partes, que impida total o parcialmente el cumplimiento de las obligaciones asumidas en estos TyC Estándar. A título ejemplificativo, se consideran casos de fuerza mayor: desastres naturales, incendios, inundaciones, cortes generalizados de energía, huelgas externas, actos de guerra, terrorismo, fallas masivas de internet o de proveedores de telecomunicaciones, y disposiciones gubernamentales que afecten la prestación de los servicios.
17.2. Exoneración de responsabilidad.
Ninguna de las Partes será responsable por el incumplimiento de sus obligaciones cuando dicho incumplimiento sea consecuencia directa de un caso de fuerza mayor.
17.3. Notificación.
La Parte afectada deberá notificar a la otra Parte en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde que tenga conocimiento del evento de fuerza mayor, detallando las causas, la duración estimada y el impacto en el cumplimiento de sus obligaciones.
17.4. Continuidad y reanudación.
Las obligaciones de la Parte afectada quedarán suspendidas durante el tiempo que dure el evento de fuerza mayor, reanudándose automáticamente una vez que cesen sus efectos. La Parte afectada deberá emplear esfuerzos razonables para minimizar las consecuencias y reanudar el cumplimiento de sus obligaciones en el menor plazo posible.
17.5. Resolución por prolongación.
Si el evento de fuerza mayor se extendiera por un plazo superior a sesenta (60) días corridos, cualquiera de las Partes podrá resolver la relación contractual sin responsabilidad adicional, notificando a la otra Parte con una antelación mínima de diez (10) días corridos.
DÉCIMO OCTAVA: Cesión y Subcontratación
18.1. Cesión por el Cliente.
El Cliente no podrá ceder, transferir ni de ningún modo disponer de los derechos y obligaciones derivados de estos TyC Estándar sin la autorización previa y por escrito de MASLOW.
18.2. Cesión por MASLOW.
MASLOW podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos y obligaciones emergentes de este Acuerdo a sociedades vinculadas, controladas, controlantes o a terceros adquirentes de su negocio, siempre que ello no implique una merma en la calidad de los servicios contratados por el Cliente.
18.3. Subcontratación.
MASLOW podrá valerse de terceros proveedores y subcontratistas para la prestación de los servicios derivados de la Plataforma, manteniendo en todo caso la responsabilidad frente al Cliente por el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
DÉCIMO NOVENA: Comunicaciones y Notificaciones
19.1. Comunicaciones válidas.
Toda comunicación entre las Partes relacionada con estos TyC Estándar deberá realizarse por escrito por medios digitales, a través de los canales de contacto indicados en la Propuesta Comercial o en el sitio web oficial de MASLOW.
19.2. Notificaciones por parte de MASLOW.
Las notificaciones enviadas por MASLOW al Cliente se considerarán válidamente cursadas cuando sean remitidas a la dirección de correo electrónico informada por el Cliente al momento de la contratación o durante la vigencia de la prestación del servicio.
19.3. Notificaciones por parte del Cliente.
Las notificaciones que el Cliente deba cursar a MASLOW deberán ser enviadas a la dirección de correo electrónico oficial informada por MASLOW en estos TyC Estándar o a la que MASLOW designe en el futuro mediante notificación válida.
19.4. Efectividad de las comunicaciones.
Las notificaciones cursadas por correo electrónico se considerarán recibidas el mismo día de su envío, siempre que se emitan dentro del horario hábil del destinatario. En caso contrario, se entenderán recibidas al siguiente día hábil.
VIGÉSIMA: Modificaciones de los TyC Estándar
20.1. MASLOW podrá modificar estos TyC Estándar en cualquier momento, publicando la nueva versión en la dirección electrónica indicada o comunicándola al Cliente por los canales habituales de notificación.
20.2. Las modificaciones no sustanciales entrarán en vigor desde su publicación.
20.3. En caso de cambios sustanciales que afecten de manera significativa las obligaciones del Cliente o las prestaciones principales de MASLOW, la notificación se cursará con al menos treinta (30) días corridos de antelación. Si el Cliente no aceptara tales cambios, podrá resolver la relación sin penalidad, con derecho al reembolso íntegro de los créditos no utilizados, el cual será efectuado por MASLOW dentro de los treinta (30) días corridos de recibido el pedido.
20.4. Cuando las modificaciones resulten exigidas por motivos de seguridad, disponibilidad del servicio o cumplimiento normativo, podrán entrar en vigor de forma inmediata, sin perjuicio del derecho del Cliente a resolver conforme lo previsto en el punto anterior si resultaran sustanciales y materialmente perjudiciales.
VIGÉSIMA PRIMERA: Derecho Aplicable y Resolución de Conflictos
21.1. Ley aplicable.
Estos TyC Estándar se regirán e interpretarán conforme a los principios generales del derecho contractual internacional y a las normas aplicables en la jurisdicción del Cliente o del principal lugar de prestación del servicio, salvo que se establezca otra cosa en la correspondiente Adenda Local.
21.2. Resolución amistosa.
Las Partes realizarán sus mejores esfuerzos para resolver de manera amistosa cualquier controversia, diferencia o reclamo que surja en relación con la interpretación, ejecución o terminación de estos TyC Estándar.
21.3. Jurisdicción y foro competente.
En caso de no arribarse a una solución amistosa dentro de los treinta (30) días de iniciada la negociación, las controversias se someterán a la jurisdicción y tribunales competentes que correspondan según lo dispuesto en la Adenda Local aplicable, o en su defecto, al tribunal competente del país del Cliente.
CONDICIONES APLICABLES A LA REPÚBLICA ARGENTINA
Aplicación territorial
Para las contrataciones celebradas o ejecutadas dentro del territorio de la República Argentina, y sin perjuicio de lo establecido en los Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow, resultarán aplicables las siguientes disposiciones específicas.
En caso de discrepancia entre los TyC Estándar Internacionales y las presentes Condiciones, prevalecerán éstas en todo aquello que sea exigido por la legislación argentina.
Derecho aplicable y jurisdicción competente
1.1. El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a las leyes de la República Argentina, sin perjuicio de las normas de derecho internacional privado que pudieran resultar aplicables.
1.2. Las controversias derivadas de la relación contractual entre MASLOW y el Cliente se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
Protección de datos personales
2.1. El tratamiento de datos personales se regirá por la Ley N° 25.326 de Protección de los Datos Personales, su decreto reglamentario y las disposiciones complementarias emitidas por la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP).
2.2. MASLOW actuará como encargado del tratamiento, limitando su intervención al procesamiento necesario para la prestación del servicio, mientras que el Cliente será considerado responsable del tratamiento, debiendo cumplir con las obligaciones previstas en la ley, incluyendo la obtención de consentimientos informados de sus colaboradores o usuarios.
2.3. MASLOW podrá transferir datos personales fuera del país únicamente hacia destinatarios o jurisdicciones que garanticen un nivel adecuado de protección conforme al artículo 12 de la Ley 25.326 y las resoluciones de la AAIP.
2.4. Cualquier registro o notificación ante la AAIP que sea exigido por la normativa argentina será responsabilidad del Cliente, sin perjuicio de la asistencia técnica que MASLOW pueda prestar.
2.5. Los titulares de los datos personales podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización y supresión ante el responsable del tratamiento (el Cliente) o, en su caso, ante MASLOW en carácter de encargado, conforme los mecanismos previstos por la ley.
Facturación e impuestos
3.1. Cuando MASLOW emita facturas desde el exterior, el Cliente será responsable de cumplir con las retenciones, percepciones u obligaciones impositivas que pudieran derivarse de pagos a proveedores no residentes.
3.2. En los casos en que los servicios sean facturados a través de una filial, representante o distribuidor local autorizado, se aplicará la legislación fiscal argentina, incluyendo el IVA, el Impuesto a las Ganancias y los tributos nacionales, provinciales o municipales que correspondan.
3.3. Todos los tributos aplicables en la jurisdicción del Cliente serán a su cargo, salvo disposición legal en contrario o pacto expreso en la Propuesta Comercial.
3.4. Conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores. Cuando el Cliente habilite la funcionalidad de conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores, será de su exclusiva responsabilidad determinar el encuadre laboral, previsional, tributario, contable y registral de tales importes conforme a la legislación argentina, incluyendo, sin limitación, su eventual carácter remuneratorio o no remuneratorio, su correcta exposición en recibos, liquidaciones o documentación respaldatoria, y el cumplimiento de toda obligación de retención, ingreso de aportes, contribuciones, cargas sociales, información o registración que resulte aplicable. La intervención de MASLOW en la ejecución de transferencias tendrá carácter exclusivamente instrumental y operativo por cuenta y orden del Cliente, sin que ello implique vínculo laboral, intermediación empleadora ni asunción de obligaciones propias del empleador respecto de los colaboradores del Cliente.
Relaciones de consumo y comercio electrónico
4.1. En la medida en que las disposiciones de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor y de la Ley N° 26.993 resulten aplicables, MASLOW cumplirá con los deberes de información, trato digno y atención previstos en dichas normas.
4.2. MASLOW mantiene disponible el canal de contacto info@maslow.hr para consultas o reclamos de clientes o usuarios finales.
4.3. En las contrataciones electrónicas, MASLOW garantiza transparencia informativa, posibilidad de revisión previa a la aceptación y confirmación digital de la contratación, conforme lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
Idioma y versiones
Estas Condiciones se publican en idioma español. En caso de existir traducciones, prevalecerá la versión en español disponible en el sitio web oficial de MASLOW.
Actualizaciones
MASLOW podrá modificar estas Condiciones cuando existan cambios regulatorios o administrativos que lo requieran. Las versiones actualizadas se publicarán en esta misma página, indicando la fecha de última modificación, y entrarán en vigor a partir de su publicación.
CONDICIONES APLICABLES A LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Aplicación territorial
Para las contrataciones celebradas o ejecutadas dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, y sin perjuicio de lo establecido en los Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow, resultarán aplicables las siguientes disposiciones específicas.
En caso de discrepancia entre los TyC Estándar Internacionales y las presentes Condiciones, prevalecerán éstas en todo aquello que sea exigido por la legislación mexicana.
Derecho aplicable y jurisdicción competente
1.1. El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, sin perjuicio de las normas de derecho internacional privado que pudieran resultar aplicables.
1.2. Las controversias derivadas de la relación contractual entre MASLOW y el Cliente se someterán a la jurisdicción de los tribunales competentes en la Ciudad de México, México, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
Protección de datos personales
2.1. El tratamiento de datos personales se regirá por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), su reglamento y las disposiciones emitidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
2.2. MASLOW actuará como encargado del tratamiento, limitando su intervención al procesamiento necesario para la prestación del servicio, mientras que el Cliente será considerado responsable del tratamiento, debiendo cumplir con las obligaciones previstas en la LFPDPPP, incluyendo la obtención de consentimientos válidos y la emisión de los avisos de privacidad correspondientes.
2.3. MASLOW implementará las medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas necesarias para proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o uso no autorizado, conforme lo exige el artículo 19 de la LFPDPPP.
2.4. MASLOW podrá realizar transferencias internacionales de datos personales hacia jurisdicciones que proporcionen un nivel de protección adecuado, o en los casos permitidos por la LFPDPPP y su reglamento (por ejemplo, cuando la transferencia sea necesaria para la prestación del servicio o derive de una relación jurídica existente).
2.5. Los titulares de los datos personales podrán ejercer sus derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) ante el responsable del tratamiento (el Cliente) o, en su caso, ante MASLOW en carácter de encargado, a través del canal de contacto info@maslow.hr, conforme los procedimientos previstos en la ley mexicana.
Facturación e impuestos
3.1. MASLOW o su representante local podrán emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) conforme a la normativa vigente del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
3.2. En caso de facturación desde el exterior, el Cliente será responsable de cumplir con las disposiciones fiscales aplicables en materia de importación de servicios digitales o pagos a residentes en el extranjero, incluyendo retenciones y declaraciones que correspondan.
3.3. Los precios y tarifas establecidos en la Propuesta Comercial no incluyen impuestos indirectos, retenciones ni contribuciones locales, los cuales serán asumidos íntegramente por el Cliente, salvo disposición legal en contrario.
3.4. Conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores. Cuando el Cliente habilite la funcionalidad de conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores, será de su exclusiva responsabilidad determinar el tratamiento laboral, fiscal, de seguridad social, contable y documental de los importes correspondientes, así como cumplir con cualquier obligación de retención, entero, registro, reporte o documentación que resulte aplicable conforme a la legislación mexicana. La habilitación de esta funcionalidad y la intervención de MASLOW en la ejecución de transferencias no constituye subcontratación de personal, prestación de servicios especializados u obra especializada con trabajadores propios de MASLOW puestos a disposición del Cliente, ni genera vínculo laboral alguno entre MASLOW y los colaboradores del Cliente.
Relaciones de consumo y comercio electrónico
4.1. En la medida en que resulten aplicables, MASLOW observará las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y en la Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2016 en materia de contratación electrónica.
4.2. MASLOW mantendrá disponible el canal de contacto info@maslow.hr para la atención de consultas o reclamos de clientes o usuarios finales, garantizando un trato transparente, respetuoso y conforme a las disposiciones de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).
4.3. En las contrataciones electrónicas realizadas a través de la Plataforma, MASLOW garantizará que el Cliente pueda revisar las condiciones antes de aceptar y que cuente con confirmación electrónica de la contratación, conforme al marco legal mexicano.
Idioma y versiones
Estas Condiciones se publican en idioma español. En caso de existir traducciones, prevalecerá la versión en español disponible en el sitio web oficial de MASLOW.
Actualizaciones
MASLOW podrá modificar estas Condiciones cuando existan cambios regulatorios, administrativos o contractuales que lo requieran.
Las versiones actualizadas se publicarán en esta misma página, indicando la fecha de última modificación, y entrarán en vigor a partir de su publicación.
CONDICIONES APLICABLES A LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
Aplicación territorial
Para las contrataciones celebradas o ejecutadas dentro del territorio de la República de Colombia, y sin perjuicio de lo establecido en los Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow, resultarán aplicables las siguientes disposiciones específicas.
En caso de discrepancia entre los TyC Estándar Internacionales y las presentes Condiciones, prevalecerán éstas en todo aquello que sea exigido por la legislación colombiana.
Derecho aplicable y jurisdicción competente
1.1. El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a las leyes de la República de Colombia, sin perjuicio de las normas de derecho internacional privado que pudieran resultar aplicables.
1.2. Las controversias derivadas de la relación contractual entre MASLOW y el Cliente se someterán a la jurisdicción de los jueces civiles del circuito de la ciudad de Bogotá D.C., con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
Protección de datos personales
2.1. El tratamiento de datos personales se regirá por la Ley Estatutaria N° 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y las normas complementarias emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
2.2. MASLOW actuará como encargado del tratamiento, limitando su intervención al procesamiento estrictamente necesario para la prestación del servicio, mientras que el Cliente será considerado responsable del tratamiento, debiendo cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa mencionada, incluyendo la obtención de los consentimientos informados de los titulares de los datos.
2.3. MASLOW implementará medidas de seguridad administrativas, técnicas y organizativas adecuadas para proteger la información personal contra pérdida, acceso no autorizado, alteración o destrucción, conforme a lo dispuesto por el artículo 19 del Decreto 1377 de 2013.
2.4. MASLOW podrá transferir datos personales fuera del país únicamente hacia jurisdicciones que garanticen un nivel adecuado de protección o en los casos autorizados expresamente por el titular o por la SIC.
2.5. Los titulares podrán ejercer sus derechos de conocimiento, actualización, rectificación y supresión de sus datos personales ante el responsable del tratamiento (el Cliente) o, en su caso, ante MASLOW como encargado, mediante comunicación a info@maslow.hr, conforme al procedimiento previsto en la Ley 1581 de 2012.
Facturación e impuestos
3.1. MASLOW o su representante local podrán emitir facturas electrónicas en los términos establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), cumpliendo los requisitos de autenticidad e integridad establecidos por la legislación tributaria colombiana.
3.2. En caso de facturación desde el exterior, el Cliente será responsable de cumplir con las obligaciones tributarias relacionadas con pagos al exterior, incluyendo la práctica de retenciones en la fuente, cuando resulten aplicables.
3.3. Los precios y tarifas establecidos en la Propuesta Comercial se entienden sin incluir impuestos nacionales o locales, los cuales serán asumidos íntegramente por el Cliente, salvo disposición legal en contrario o pacto expreso en la Propuesta Comercial.
3.4. Conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores. Cuando el Cliente habilite la funcionalidad de conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores, será de su exclusiva responsabilidad determinar el tratamiento laboral, prestacional, de seguridad social, tributario, contable y documental de tales importes, así como cumplir con cualquier obligación legal de retención, aporte, contribución, registro, soporte o información que resulte aplicable conforme a la legislación colombiana. La habilitación de esta funcionalidad y la intervención de MASLOW en la ejecución de transferencias no constituye intermediación laboral, envío de trabajadores en misión, provisión de personal ni genera vínculo laboral alguno entre MASLOW y los colaboradores del Cliente.
Relaciones de consumo y comercio electrónico
4.1. En la medida en que las disposiciones de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) resulten aplicables, MASLOW cumplirá con las obligaciones de información, publicidad veraz, garantía y atención al consumidor previstas en dicha normativa.
4.2. MASLOW mantiene disponible el canal de contacto info@maslow.hr para consultas o reclamos de clientes o usuarios finales, garantizando una atención oportuna y transparente.
4.3. En las contrataciones electrónicas, MASLOW garantiza que los términos de la contratación puedan ser consultados y aceptados electrónicamente por el Cliente, de acuerdo con la Ley 527 de 1999 sobre mensajes de datos, comercio electrónico y firmas digitales.
Idioma y versiones
Estas Condiciones se publican en idioma español. En caso de existir traducciones, prevalecerá la versión en español disponible en el sitio web oficial de MASLOW.
Actualizaciones
MASLOW podrá modificar estas Condiciones cuando existan cambios regulatorios, administrativos o contractuales que lo requieran.
Las versiones actualizadas se publicarán en esta misma página, indicando la fecha de última modificación, y entrarán en vigor a partir de su publicación.
CONDICIONES APLICABLES A LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
Aplicación territorial
Para las contrataciones celebradas o ejecutadas dentro del territorio de la República del Ecuador, y sin perjuicio de lo establecido en los Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow, resultarán aplicables las siguientes disposiciones específicas.
En caso de discrepancia entre los TyC Estándar Internacionales y las presentes Condiciones, prevalecerán éstas en todo aquello que sea exigido por la legislación ecuatoriana.
Derecho aplicable y jurisdicción competente
1.1. El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a las leyes de la República del Ecuador, sin perjuicio de las normas de derecho internacional privado que pudieran resultar aplicables.
1.2. Las controversias derivadas de la relación contractual entre MASLOW y el Cliente se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con sede en la ciudad de Quito, Ecuador, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
Protección de datos personales
2.1. El tratamiento de datos personales se regirá por la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP) publicada en el Registro Oficial Suplemento N° 459 de 2021, su reglamento y disposiciones complementarias.
2.2. MASLOW actuará como encargado del tratamiento, limitando su intervención al procesamiento estrictamente necesario para la prestación de los servicios contratados, mientras que el Cliente será considerado responsable del tratamiento, debiendo cumplir con las obligaciones establecidas en la LOPDP, incluyendo la obtención del consentimiento informado de los titulares de los datos.
2.3. MASLOW implementará las medidas técnicas, administrativas y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos personales tratados, conforme lo dispuesto en el artículo 43 de la LOPDP.
2.4. MASLOW podrá realizar transferencias internacionales de datos personales únicamente hacia países o proveedores que garanticen un nivel adecuado de protección, o con base en las excepciones previstas por la normativa ecuatoriana, tales como el consentimiento del titular o la necesidad del tratamiento para la ejecución de un contrato.
2.5. Los titulares de los datos personales podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización, eliminación y oposición (conocidos como derechos ARCO) ante el responsable del tratamiento (el Cliente) o ante MASLOW en carácter de encargado, a través del canal de contacto info@maslow.hr, conforme los procedimientos establecidos por la autoridad de protección de datos competente.
Facturación e impuestos
3.1. MASLOW o su representante local podrán emitir facturas electrónicas conforme a los requisitos establecidos por el Servicio de Rentas Internas (SRI) del Ecuador.
3.2. En caso de facturación desde el exterior, el Cliente será responsable de aplicar las retenciones correspondientes sobre los pagos a proveedores no residentes, así como de cumplir con las obligaciones tributarias derivadas de dichos pagos conforme a la legislación ecuatoriana.
3.3. Todos los impuestos, tasas o contribuciones aplicables en la jurisdicción del Cliente serán a su exclusivo cargo, salvo disposición legal en contrario o pacto distinto en la Propuesta Comercial.
3.4. Conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores. Cuando el Cliente habilite la funcionalidad de conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores, será de su exclusiva responsabilidad determinar el tratamiento laboral, de seguridad social, tributario, contable y documental de tales importes, así como cumplir con cualquier obligación de retención, aporte, contribución, registro, soporte o información que resulte aplicable conforme a la legislación ecuatoriana. La habilitación de esta funcionalidad y la intervención de MASLOW en la ejecución de transferencias no constituye intermediación laboral, tercerización laboral, provisión de personal ni genera vínculo laboral alguno entre MASLOW y los colaboradores del Cliente.
Relaciones de consumo y comercio electrónico
4.1. En la medida en que las disposiciones de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos resulten aplicables, MASLOW cumplirá con las obligaciones de información, protección al consumidor y contratación electrónica establecidas en dichas normas.
4.2. MASLOW mantiene disponible el canal de contacto info@maslow.hr para consultas o reclamos de clientes o usuarios finales, garantizando atención oportuna y transparente.
4.3. En las contrataciones electrónicas, MASLOW asegura la posibilidad de revisión previa, aceptación informada y conservación de los mensajes de datos, conforme a lo dispuesto por la legislación ecuatoriana en materia de comercio electrónico.
Idioma y versiones
Estas Condiciones se publican en idioma español. En caso de existir traducciones, prevalecerá la versión en español disponible en el sitio web oficial de MASLOW.
Actualizaciones
MASLOW podrá modificar estas Condiciones cuando existan cambios regulatorios, administrativos o contractuales que lo requieran.
Las versiones actualizadas se publicarán en esta misma página, indicando la fecha de última modificación, y entrarán en vigor a partir de su publicación.
CONDICIONES APLICABLES A LA REPÚBLICA DEL PERÚ
Aplicación territorial
Para las contrataciones celebradas o ejecutadas dentro del territorio de la República del Perú, y sin perjuicio de lo establecido en los Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow, resultarán aplicables las siguientes disposiciones específicas.
En caso de discrepancia entre los TyC Estándar Internacionales y las presentes Condiciones, prevalecerán éstas en todo aquello que sea exigido por la legislación peruana.
Derecho aplicable y jurisdicción competente
1.1. El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a las leyes de la República del Perú, sin perjuicio de las normas de derecho internacional privado que pudieran resultar aplicables.
1.2. Las controversias derivadas de la relación contractual entre MASLOW y el Cliente se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en la ciudad de Lima, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
Protección de datos personales
2.1. El tratamiento de datos personales se regirá por la Ley N° 29733 – Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, y las directivas emitidas por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
2.2. MASLOW actuará como encargado del tratamiento, limitando su intervención al procesamiento estrictamente necesario para la prestación de los servicios contratados, mientras que el Cliente será considerado responsable del tratamiento, debiendo cumplir con las obligaciones previstas en la ley, incluyendo la obtención del consentimiento libre, previo, expreso e informado de los titulares de los datos.
2.3. MASLOW implementará las medidas de seguridad técnicas, organizativas y legales apropiadas para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos personales, conforme a los estándares exigidos por la normativa peruana y por las buenas prácticas internacionales en materia de protección de datos.
2.4. MASLOW podrá realizar transferencias internacionales de datos personales hacia países o proveedores que garanticen un nivel adecuado de protección, o con base en el consentimiento expreso del titular o en alguna de las excepciones establecidas en la legislación peruana.
2.5. Los titulares de los datos personales podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO) ante el responsable del tratamiento (el Cliente) o, en su caso, ante MASLOW como encargado, mediante comunicación a info@maslow.hr, conforme a los procedimientos previstos en la Ley N° 29733.
Facturación e impuestos
3.1. MASLOW o su representante local podrán emitir comprobantes de pago electrónicos conforme a los requisitos establecidos por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
3.2. En caso de facturación desde el exterior, el Cliente será responsable de cumplir con las obligaciones tributarias vinculadas a pagos a proveedores no domiciliados, incluyendo la aplicación de retenciones por concepto de Impuesto a la Renta de no Domiciliados, cuando corresponda.
3.3. Todos los impuestos, tasas y contribuciones que se generen en el Perú con motivo de la prestación de los servicios serán asumidos íntegramente por el Cliente, salvo disposición legal en contrario o pacto distinto en la Propuesta Comercial.
3.4. Conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores. Cuando el Cliente habilite la funcionalidad de conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores, será de su exclusiva responsabilidad determinar el tratamiento laboral, previsional, tributario, contable y documental de los importes correspondientes, así como cumplir con cualquier obligación de retención, declaración, registro, soporte o información que resulte aplicable conforme a la legislación peruana. La habilitación de esta funcionalidad y la intervención de MASLOW en la ejecución de transferencias no constituye intermediación laboral, destaque de personal, cesión de mano de obra ni tercerización, ni pone trabajadores propios de MASLOW a disposición del Cliente, ni genera vínculo laboral alguno entre MASLOW y los colaboradores del Cliente.
Relaciones de consumo y comercio electrónico
4.1. En la medida en que resulten aplicables, MASLOW observará las disposiciones de la Ley N° 29571 – Código de Protección y Defensa del Consumidor y de la Ley de Firmas y Certificados Digitales (Ley N° 27269).
4.2. MASLOW mantiene disponible el canal de contacto info@maslow.hr para consultas o reclamos de clientes o usuarios finales, garantizando atención oportuna y transparente.
4.3. En las contrataciones electrónicas realizadas a través de la Plataforma, MASLOW garantiza al Cliente la posibilidad de revisar las condiciones antes de aceptar y de recibir confirmación electrónica de la contratación, conforme a la normativa peruana aplicable en materia de comercio electrónico y protección del consumidor.
Idioma y versiones
Estas Condiciones se publican en idioma español. En caso de existir traducciones, prevalecerá la versión en español disponible en el sitio web oficial de MASLOW.
Actualizaciones
MASLOW podrá modificar estas Condiciones cuando existan cambios regulatorios, administrativos o contractuales que lo requieran.
Las versiones actualizadas se publicarán en esta misma página, indicando la fecha de última modificación, y entrarán en vigor a partir de su publicación.
CONDICIONES APLICABLES A LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
Aplicación territorial
Para las contrataciones celebradas o ejecutadas dentro del territorio de la República Oriental del Uruguay, y sin perjuicio de lo establecido en los Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow, resultarán aplicables las siguientes disposiciones específicas.
En caso de discrepancia entre los TyC Estándar Internacionales y las presentes Condiciones, prevalecerán éstas en todo aquello que sea exigido por la legislación uruguaya.
Derecho aplicable y jurisdicción competente
1.1. El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a las leyes de la República Oriental del Uruguay, sin perjuicio de las normas de derecho internacional privado que pudieran resultar aplicables.
1.2. Las controversias derivadas de la relación contractual entre MASLOW y el Cliente se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con sede en la ciudad de Montevideo, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
Protección de datos personales
2.1. El tratamiento de datos personales se regirá por la Ley N° 18.331 sobre Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data, su Decreto Reglamentario N° 414/009, y las disposiciones de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP).
2.2. MASLOW actuará como encargado del tratamiento, limitando su intervención al procesamiento estrictamente necesario para la prestación de los servicios contratados, mientras que el Cliente será considerado responsable del tratamiento, debiendo cumplir con las obligaciones previstas por la normativa uruguaya, incluyendo la obtención del consentimiento informado de los titulares.
2.3. MASLOW adoptará medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos personales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 18.331.
2.4. MASLOW podrá transferir datos personales fuera del territorio nacional únicamente hacia países o entidades que garanticen un nivel adecuado de protección conforme a las disposiciones de la URCDP, o cuando la transferencia se funde en el consentimiento del titular o en alguna otra excepción legalmente prevista.
2.5. Los titulares de los datos personales podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización, inclusión y supresión ante el responsable del tratamiento (el Cliente) o ante MASLOW, en carácter de encargado, mediante comunicación a info@maslow.hr, conforme los procedimientos establecidos en la legislación vigente.
Facturación e impuestos
3.1. MASLOW o su representante local podrán emitir facturas electrónicas conforme a la normativa vigente de la Dirección General Impositiva (DGI) y las disposiciones del Decreto N° 36/012 sobre Comprobantes Fiscales Electrónicos.
3.2. En caso de facturación desde el exterior, el Cliente será responsable de cumplir con las obligaciones tributarias vinculadas a pagos a proveedores extranjeros, incluyendo las retenciones correspondientes al Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR), cuando resulten aplicables.
3.3. Todos los tributos, tasas y contribuciones generados en la jurisdicción del Cliente serán asumidos íntegramente por éste, salvo disposición legal en contrario o pacto expreso en la Propuesta Comercial.
3.4. Conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores. Cuando el Cliente habilite la funcionalidad de conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores, será de su exclusiva responsabilidad determinar el tratamiento laboral, de seguridad social, tributario, contable y documental de tales importes, así como cumplir con cualquier obligación de retención, aporte, contribución, registro, soporte o información que resulte aplicable conforme a la legislación uruguaya. La habilitación de esta funcionalidad y la intervención de MASLOW en la ejecución de transferencias no constituye subcontratación, intermediación, suministro de mano de obra ni provisión de personal por parte de MASLOW, ni genera vínculo laboral alguno entre MASLOW y los colaboradores del Cliente.
Relaciones de consumo y comercio electrónico
4.1. En la medida en que resulten aplicables, MASLOW cumplirá con las disposiciones de la Ley N° 17.250 de Relaciones de Consumo y su reglamentación, garantizando el cumplimiento de los principios de información veraz, trato justo y respeto de los derechos de los consumidores.
4.2. MASLOW mantiene disponible el canal de contacto info@maslow.hr para consultas o reclamos de clientes o usuarios finales, asegurando atención adecuada y transparente.
4.3. En las contrataciones electrónicas, MASLOW garantiza que los términos de la contratación sean claros, accesibles y aceptados electrónicamente por el Cliente, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 18.600 sobre Documentos y Firmas Electrónicas.
Idioma y versiones
Estas Condiciones se publican en idioma español. En caso de existir traducciones, prevalecerá la versión en español disponible en el sitio web oficial de MASLOW.
Actualizaciones
MASLOW podrá modificar estas Condiciones cuando existan cambios regulatorios, administrativos o contractuales que lo requieran.
Las versiones actualizadas se publicarán en esta misma página, indicando la fecha de última modificación, y entrarán en vigor a partir de su publicación.
CONDICIONES APLICABLES A LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
Aplicación territorial
Para las contrataciones celebradas o ejecutadas dentro del territorio de la República del Paraguay, y sin perjuicio de lo establecido en los Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow, resultarán aplicables las siguientes disposiciones específicas.
En caso de discrepancia entre los TyC Estándar Internacionales y las presentes Condiciones, prevalecerán éstas en todo aquello que sea exigido por la legislación paraguaya.
Derecho aplicable y jurisdicción competente
1.1. El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a las leyes de la República del Paraguay, sin perjuicio de las normas de derecho internacional privado que pudieran resultar aplicables.
1.2. Las controversias derivadas de la relación contractual entre MASLOW y el Cliente se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con asiento en la ciudad de Asunción, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
Protección de datos personales
2.1. El tratamiento de datos personales se regirá por la Ley N° 6534/20 de Protección de Datos Personales Crediticios, el Código Civil Paraguayo y las disposiciones complementarias aplicables en materia de privacidad y confidencialidad de la información.
2.2. MASLOW actuará como encargado del tratamiento, limitando su intervención al procesamiento estrictamente necesario para la prestación de los servicios contratados, mientras que el Cliente será considerado responsable del tratamiento, debiendo cumplir con las obligaciones legales aplicables, incluyendo la obtención del consentimiento informado de los titulares de los datos personales.
2.3. MASLOW adoptará las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos personales, conforme a los estándares internacionales de seguridad de la información y a las buenas prácticas reconocidas.
2.4. MASLOW podrá transferir datos personales fuera del territorio paraguayo cuando ello sea necesario para la ejecución del contrato o para el alojamiento en servidores internacionales, garantizando que los destinatarios mantengan niveles adecuados de protección y confidencialidad.
2.5. Los titulares de los datos personales podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización y supresión ante el responsable del tratamiento (el Cliente) o ante MASLOW, en carácter de encargado, mediante comunicación a info@maslow.hr, conforme los mecanismos de contacto disponibles.
Facturación e impuestos
3.1. MASLOW o su representante local podrán emitir comprobantes de venta electrónicos o facturas conforme a los requisitos establecidos por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda de la República del Paraguay.
3.2. En caso de facturación desde el exterior, el Cliente será responsable de cumplir con las obligaciones fiscales derivadas de los pagos a proveedores extranjeros, incluyendo la aplicación del Impuesto a la Renta de No Residentes (INR) y otras retenciones que correspondan según la legislación paraguaya.
3.3. Todos los tributos, tasas y contribuciones aplicables en Paraguay serán asumidos íntegramente por el Cliente, salvo disposición legal en contrario o pacto distinto en la Propuesta Comercial.
3.4. Conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores. Cuando el Cliente habilite la funcionalidad de conversión de créditos en dinero y retiro por colaboradores, será de su exclusiva responsabilidad determinar el tratamiento laboral, de seguridad social, tributario, contable y documental de tales importes, así como cumplir con cualquier obligación de retención, aporte, contribución, registro, soporte o información que resulte aplicable conforme a la legislación paraguaya. La habilitación de esta funcionalidad y la intervención de MASLOW en la ejecución de transferencias no constituye intermediación laboral, provisión de personal, suministro de mano de obra ni genera vínculo laboral alguno entre MASLOW y los colaboradores del Cliente.
Relaciones de consumo y comercio electrónico
4.1. En la medida en que resulten aplicables, MASLOW cumplirá con las disposiciones de la Ley N° 1334/98 de Defensa del Consumidor y del Usuario, la Ley N° 4868/13 de Comercio Electrónico y las normas complementarias que regulan las transacciones digitales.
4.2. MASLOW mantiene disponible el canal de contacto info@maslow.hr para consultas o reclamos de clientes o usuarios finales, garantizando una atención oportuna y transparente.
4.3. En las contrataciones electrónicas realizadas a través de la Plataforma, MASLOW garantiza que las condiciones sean accesibles, comprensibles y confirmadas electrónicamente por el Cliente, conforme lo dispuesto en la Ley N° 4868/13.
Idioma y versiones
Estas Condiciones se publican en idioma español. En caso de existir traducciones, prevalecerá la versión en español disponible en el sitio web oficial de MASLOW.
Actualizaciones
MASLOW podrá modificar estas Condiciones cuando existan cambios regulatorios, administrativos o contractuales que lo requieran.
Las versiones actualizadas se publicarán en esta misma página, indicando la fecha de última modificación, y entrarán en vigor a partir de su publicación.
CONDICIONES APLICABLES A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Aplicación territorial
Para las contrataciones celebradas o ejecutadas dentro del territorio de los Estados Unidos de América, y sin perjuicio de lo establecido en los Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow, resultarán aplicables las siguientes disposiciones específicas.
En caso de discrepancia entre los TyC Estándar Internacionales y las presentes Condiciones, prevalecerán éstas en todo aquello que sea exigido por la legislación federal o estatal de los Estados Unidos.
Derecho aplicable y jurisdicción competente
1.1. El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a las leyes del Estado de Delaware, sin perjuicio de las normas de conflicto de leyes que pudieran remitir a otra jurisdicción.
1.2. Las controversias derivadas de la relación contractual entre MASLOW y el Cliente se someterán a la jurisdicción exclusiva de los tribunales estatales o federales con sede en Wilmington, Delaware, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
Protección de datos personales y cumplimiento en materia de privacidad
2.1. MASLOW tratará la información personal de acuerdo con las leyes federales y estatales aplicables en materia de privacidad, incluyendo, entre otras, la California Consumer Privacy Act (CCPA) y, cuando corresponda, la Health Insurance Portability and Accountability Act (HIPAA) y otras normas estatales sobre protección de la información personal.
2.2. MASLOW actuará como proveedor de servicios o encargado del tratamiento de datos personales, mientras que el Cliente será considerado el responsable o controlador de dicha información, conforme a la terminología utilizada en las normas estadounidenses aplicables.
2.3. MASLOW se compromete a:
a) Tratar la información personal únicamente con el fin de ejecutar los servicios contratados;
b) Implementar medidas administrativas, físicas y técnicas razonables para proteger la información contra el acceso, uso o divulgación no autorizada; y
c) No "vender" ni "compartir" información personal según lo definido por la CCPA.
2.4. El Cliente será responsable de cumplir con las obligaciones legales de información y consentimiento previstas en la normativa federal y estatal aplicable, y de atender las solicitudes de los titulares relativas al ejercicio de sus derechos (acceso, eliminación, corrección, etc.).
2.5. MASLOW podrá almacenar o transferir información en otras jurisdicciones donde opere o donde se ubiquen sus proveedores, garantizando niveles adecuados de protección y seguridad contractual.
Facturación e impuestos
3.1. MASLOW o su filial autorizada podrán emitir facturas electrónicas o comprobantes en dólares estadounidenses (USD), conforme a las normas contables y fiscales del lugar de su constitución.
3.2. Salvo disposición contraria en la Propuesta Comercial o en la ley aplicable, todos los montos indicados se entienden sin incluir impuestos de venta, uso u otros tributos similares, los cuales serán a cargo exclusivo del Cliente.
3.3. El Cliente será responsable de declarar y abonar los impuestos estatales o locales que pudieran corresponder en virtud de la utilización de los servicios, excepto aquellos basados en los ingresos netos de MASLOW.
Protección al consumidor y contratación electrónica
4.1. MASLOW cumple con las disposiciones de la Federal Trade Commission Act (FTC Act), la Electronic Signatures in Global and National Commerce Act (E-SIGN Act) y demás leyes federales y estatales de protección al consumidor.
4.2. MASLOW mantiene disponible el canal de contacto info@maslow.hr para la atención de consultas o reclamos de clientes o usuarios finales, garantizando una atención oportuna y transparente.
4.3. La aceptación electrónica de los Términos, ya sea mediante casilla de verificación (checkbox), confirmación digital o firma electrónica, constituye consentimiento válido y genera un acuerdo vinculante conforme a la legislación estadounidense.
Idioma y versiones
Estas Condiciones se publican en idioma español, sin perjuicio de que pueda existir una versión en inglés. En caso de discrepancia entre ambas versiones, prevalecerá la versión en inglés publicada en el sitio web oficial de MASLOW.
Actualizaciones
MASLOW podrá modificar estas Condiciones cuando existan cambios regulatorios, administrativos o contractuales que lo requieran.
Las versiones actualizadas se publicarán en esta misma página, indicando la fecha de última modificación, y entrarán en vigor a partir de su publicación.
CONDICIONES APLICABLES A AMÉRICA CENTRAL Y EL CARIBE
Aplicación territorial
Para las contrataciones celebradas o ejecutadas dentro del territorio de América Central y el Caribe, incluyendo —sin limitarse a— Costa Rica, Panamá, República Dominicana, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Puerto Rico y Jamaica, y sin perjuicio de lo establecido en los Términos y Condiciones Estándar del Servicio Maslow, resultarán aplicables las siguientes disposiciones específicas.
En caso de discrepancia entre los TyC Estándar Internacionales y las presentes Condiciones, prevalecerán éstas en todo aquello que sea exigido por la legislación local del país en que el Cliente se encuentre constituido o donde se ejecute el servicio.
Derecho aplicable y jurisdicción competente
1.1. El Acuerdo se regirá e interpretará conforme a las leyes del país donde el Cliente tenga su domicilio o donde se presten los servicios, sin perjuicio de las normas de derecho internacional privado que pudieran resultar aplicables.
1.2. Las controversias derivadas de la relación contractual entre MASLOW y el Cliente se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios del país del Cliente, salvo pacto diferente expresamente consignado en la Propuesta Comercial o en los TyC Estándar.
Protección de datos personales
2.1. MASLOW se compromete a tratar los datos personales conforme a los principios internacionales de licitud, finalidad, proporcionalidad, confidencialidad y seguridad, y de acuerdo con la legislación vigente en cada país de la región que regule la materia.
2.2. En aquellos países que cuenten con normativa específica —como la Ley N° 8968 de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales (Costa Rica) o la Ley N° 81 de Protección de Datos Personales (Panamá)—, MASLOW observará las obligaciones y garantías establecidas en dichas leyes en la medida en que resulten aplicables.
2.3. MASLOW actuará como encargado del tratamiento, limitando su intervención al procesamiento necesario para la prestación del servicio, mientras que el Cliente será considerado responsable del tratamiento, debiendo cumplir con las obligaciones legales locales, incluyendo la obtención de los consentimientos informados de sus colaboradores o usuarios.
2.4. MASLOW podrá realizar transferencias internacionales de datos personales a servidores ubicados fuera del país, siempre que se mantengan medidas adecuadas de seguridad y confidencialidad y que la transferencia sea necesaria para la ejecución de los servicios.
2.5. Los titulares de los datos personales podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización o eliminación ante el Cliente, y en su caso ante MASLOW, mediante comunicación a info@maslow.hr, conforme los mecanismos previstos en las normas locales o, en su defecto, conforme a los estándares internacionales aplicables.
Facturación e impuestos
3.1. MASLOW o su representante local podrán emitir facturas electrónicas o comprobantes válidos conforme a la legislación fiscal vigente en el país del Cliente.
3.2. En los casos en que la facturación se emita desde el exterior, el Cliente será responsable de cumplir con las obligaciones fiscales derivadas de pagos a proveedores extranjeros, incluyendo retenciones, declaraciones o reportes ante la autoridad tributaria correspondiente.
3.3. Todos los tributos, tasas y contribuciones que se generen en el país del Cliente con motivo de la prestación de los servicios serán asumidos íntegramente por éste, salvo disposición legal en contrario o pacto expreso en la Propuesta Comercial.
Relaciones de consumo y comercio electrónico
4.1. MASLOW cumplirá con los principios de información clara, transparencia y buena fe contractual establecidos en las normas de protección al consumidor o comercio electrónico de cada país de la región, en la medida en que resulten aplicables.
4.2. MASLOW mantiene disponible el canal de contacto info@maslow.hr para consultas o reclamos de clientes o usuarios finales, garantizando atención oportuna y transparente.
4.3. En las contrataciones electrónicas realizadas a través de la Plataforma, MASLOW garantiza que las condiciones del servicio sean accesibles, revisables antes de su aceptación y confirmadas electrónicamente por el Cliente.
Idioma y versiones
Estas Condiciones se publican en idioma español. En caso de existir traducciones, prevalecerá la versión en español disponible en el sitio web oficial de MASLOW.
Actualizaciones
MASLOW podrá modificar estas Condiciones cuando existan cambios regulatorios, administrativos o contractuales que lo requieran.
Las versiones actualizadas se publicarán en esta misma página, indicando la fecha de última modificación, y entrarán en vigor a partir de su publicación.